Señores Propietarios
Este artículo es para usted, lo primero para vender su propiedad debe tener
al día su cédula catastral, ya que, viene un comprador y le gusta su propiedad
y desea firmar ya en Registro. Usted no puede decirle que tiene que esperar que
realice la cédula catastral..
Pierde el tiempo usted, el comprador y los Asesores Inmobiliarios que le
trae un comprador calificado para comprar su propiedad. Ya que, anteriormente
se le envió la foto del bien. Y el comprador le gusto..
Nuestro trabajo es cerrar negocios inmobiliario, reservar el inmueble y
luego realizar el documento de compra y venta (promesa Bilateral) y que
ustedes (propietario-Comprador) firme en Notaria y protocolizar en
respectivo registro del inmueble.
No mostrar apartamento, casa,
terreno, etc..
Nuestro negocio es GANAR GANAR, y la honestidad, compromiso, lealtad y
respecto por delante. Nos preocupa que los propietarios no son sincero, porque,
no se cristaliza el negocio..
Si no tiene las solvencias de sus propiedades al día. Contrate un gestor de
confianza o realice estos trámites con el Asesor Inmobiliario que usted
contrate para realizarlo con tiempo. Y usted no cancela tanto al momento de
vender.
Llame a Su Asesor Inmobiliario o Corredor Inmobiliario de confianza que
ellos siempre lo guiaran para vender y comprar su inmueble.
El comprador está dispuesto a pagar su Inmueble. Los Compradores
realizan infinidad de preguntas pero están primordialmente preocupados por
obtener una compra óptima y todos los documentos este actualizado para vender y
comprar.
Nuestra misión es tener una venta que maximice los beneficios del
comprador y vendedor
Milagros Fernández
Gerencia de Negocios Nacional e Internacional
Profesional Inmobiliario
0212.4223247/04123605721
Milagros Fernández
Asesor Inmobiliario e Inversión
Gerencia de Negocios Nacional e Internacional Inmobiliarios
Móvil +58 0412.3.60.57.21 - 04165756318 mensaje de texto
Los Profesionales Inmobiliarios
Su Inmueble esta con Profesionales Inmobiliarios. Para COMPRAR, VENDER O Alquilar y alianza estará atento a sus exigencias.
Afiliada a la Cámara Inmobiliaria Metropolitana
almo 23
Los millennials encuestados, alrededor del 65 % estaban alquilando: es el favoritos de los propietarios, porque, su misión de vida es viajar por todo el mundo y no estar tanto tiempo en un lugar, segun los especialista y las encuesta.
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Milagros Fernandez |
Tipos de Alquiler:
En definitiva, en el Arrendamiento de Temporada:
El arrendatario no persigue una ocupación indefinida del inmueble, ni desea establecer en el mismo su vivienda habitual puesto que ya dispone de una vivienda habitual propia.
Existe un motivo que justifica el arrendamiento y su temporalidad, por ejemplo, la duración del contrato laboral si el alquiler se debe a razones de trabajo.
Otros
Arredramiento Temporal o Turísticos:
El alquiler turístico, o vacacional, es un tipo de alquiler para estancias inferiores a un mes -usualmente de días o semanas- para el que cada país o ciudad impone distintas restricciones o limitaciones, sometiendo su práctica a regulaciones, condiciones y/o licencias específicas.
Todo ello no afecta al alquiler temporal de duración superior a un mes, apto para todo tipo de viviendas, estén donde estén.
En los arrendamientos de temporada se cede el uso temporal de un inmueble y el arrendador no presta servicios complementarios. En los turísticos, sin embargo, el propietario ofrece algunos beneficios complementarios propios de establecimientos hoteleros, como limpieza, recepción, ropa de cama, etc.
Fuente:
https://www.bi2rent.com/
En Venezuela:
LEY PARA LA REGULACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS DE VIVIENDA
( Gaceta Oficial extraordinario Nro. 6.053 )
De las Viviendas estudiantiles
De las condiciones de habitabilidad
Art 60 La vivienda ESTUDIANTIL, deberá contar con espacios dignos de habitabilidad, necesarios para el estudio, desarrollo integral en armonía y el esparcimiento del estudiante, que permita satisfacer sus necesidades básicas tales como: la cocina para la alimentación, sanitario para el aseo personal, el dormitorio para el descanso, entre otros, debiendo estar garantizada la privacidad del estudiante por parte del arrendador de vivienda estudiantil.
Los contratos de arrendamientos para vivienda estudiantil
Art 64 Los contratos de arrendamiento para
ESTUDIANTES de vivienda estudiantil, deberán tomar en consideración el tiempo de duración del programa de estudio.
Muy cordialmente, se despide de Usted (es).
Atentamente,
Milagros Fernández
Asesor Inmobiliario e Inversión
Gerencia de Negocios Nacional e Internacional Inmobiliarios
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